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PREAMBULO

 

INTRODUCCIÓN

 

JUSTIFICACIÓN

 

VIDA Y OBRA DEL DOCTOR. GILBERTO ALZATE AVENDAÑO.

 

  • RESEÑA HISTÓRICA.

 

  • CAPITULO I.   GENERALIDADES DE  LA INSTITUCIÓN.

 

  • CAPITULO II.  DE LA ADMISIÓN, MATRICULA  Y PERMANENCIA DE  LOS ESTUDIANTES.

 

  •  CAPITULO III.  DEL GOBIERNO ESCOLAR.

 

  • CAPITULO IV.  DE LOS ESTUDIANTES. 

           

  • CAPITULO V.  REGIMEN DE CONVIVENCIA Y DEBIDO PROCESO

           

  • CAPITULO VI.COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA, RUTA DE ATENCIÓN, TIPIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES Y PROTOCOLOS.

 

  • CAPITULO VII DEL RECTOR, COORDINADOR, DOCENTES, PERSONAL ADMTIVO

 

  • CAPITULO VIII  DE LA EVALUACION.

 

  • CAPITULO IX. DE LOS PADRES DE FAMILIA.

 

  • CAPITULO X.   DISPOSICIONES GENERALES.

 

 

 

PREÁMBULO

 

 

El 15 de marzo de 2013 fue  sancionada la ley 1620 por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

 

El objetivo de esta ley, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de

Educación, Ley 115 de 1994, es promover y fortalecer la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de los niveles educativos de preescolar, básica y media, dentro y fuera de la escuela, para  contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural.

 

Este acuerdo  articulado a la ley de la infancia y la adolescencia busca  garantizar  el desarrollo armonioso de los niños, adolescentes y jóvenes; para que crezcan en un ambiente de igualdad y dignidad humana, permitiendo  el ejercicio de sus derechos  y libertades consagrados en  los instrumentos internacionales, la Constitución Política Colombiana y  otras normas, que  señalan la obligación que corresponde a la familia, a la sociedad y al estado ( Ley 1098 de  2006 –  Ley de la Infancia y la adolescencia).

 

Hago un reconocimiento a la comisión que lideró el ajuste al Manual de Convivencia, a los directivos, docentes, estudiantes padres de familia, a los asesores de control interno, a la personería municipal quienes con sus valiosos aportes hicieron posible este importante reglamento que tendrá vigencia a partir del año 2015.

 

Este es un reglamento claro y preciso a la luz de las leyes, dando un norte a la comunidad y  la convierten en el centro donde imperará la paz y la sana convivencia que nos permitirá transitar por el sendero de la calidad ALZATISTA.

 

 

 

 

Ing. ROBINSON FERNEY ROMERO CONTENTO

       Rector

 

Villavicencio, 2015

 

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

 

 

El presente Manual de Convivencia de la Institución Educativa Colegio Departamental Gilberto Alzate Avendaño de Villavicencio, tiene como finalidad agrupar las iniciativas de padres de familia, estudiantes,  Docentes,  directivos  Docentes  y administrativos en un conjunto de pautas concertadas y coherentes que rigen el comportamiento social y académico  de la comunidad educativa. Pautas que corresponden a las situaciones cambiantes  de la historia,  a las necesidades  y exigencias que suscitan  la educación  en nuestros días y a la responsabilidad  de formar hombres y mujeres con una verdadera  integración basada en el conocimiento científico, en la tolerancia y el respeto a los demás en sus derechos humanos. 

 

Toma elementos de la Ley 1098 de 2006 (Ley de la Infancia y la Adolescencia) que consagra principios básicos universales como la protección integral, en el reconocimiento  como sujetos de derechos, garantía y cumplimiento de los mismos por lo cual estableció necesidad de crear políticas y planes así como  destinar recursos físicos, humanos y financieros para la protección de los mismos (Art. 9 Ley 1098  de 2006 -  Ley de la Infancia y la Adolescencia).

 

Así mismo, este manual contempla aspectos fundamentales de la Constitución Política de Colombia como el respeto a los derechos humanos,  a la paz y a la democracia,  con una verdadera participación  de la comunidad escolar en la nueva concepción  de la administración educativa. Por consiguiente todos y cada uno  de los miembros de la comunidad Alzatista quedamos comprometidos de manera seria y responsable a su estricto cumplimiento.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

JUSTIFICACION

 

 

Generalmente, las normas actúan como represión a comportamientos humanos no deseados, pero en todo  ente Institucional  y en la vida diaria, se necesita una dirección normativa de comportamiento y convivencia para evitar contravenciones que puedan llegar a lesionar al individuo, la comunidad o la institución.  Por esto la elaboración de un Manual de Convivencia aceptable para todo y que más que el no dejar ser  y el no dejar crecer, se convierta en un manual de regulación de las relaciones interpersonales, que contribuyen  en el desarrollo integral del educando.

 

Este manual se convierte   en una herramienta eficaz, que nos permita alcanzar  el ideal de formar niños, niñas en el ejercicio responsable de los derechos, entendiendo la necesidad de cumplir con sus obligaciones cívicas y sociales  que corresponden al  individuo en desarrollo (Art. 15 Ley 1098 de 2006 – Ley de la Infancia y la Adolescencia)

 

Con la aplicación de mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y pedagógico, expresa el ideal por el que todos debemos  esforzarnos por alcanzar, basados en criterios  que como expresa la ley  garantice a todos los niños, niñas y adolescentes, el pleno  respeto por la dignidad, vida,  integridad física y moral dentro de la convivencia escolar; contribuyendo  a la  formación  en el respeto  por los valores fundamentales de dignidad  humana,  los derechos humanos,  la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas; inculcando un trato respetuoso y considerado hacia los demás. (Art. 43 inciso 1 Ley 1098  de 2006 – Ley de la Infancia y la Adolescencia).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1. VIDA Y OBRA  DEL DR. GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

 

 

Dr. GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

Nació  en Manizales

Padres: General Marco Alzate  Salazar y Doña Nohemí Avendaño Montoya.

Esposa: Yolanda Ronga Santamaría.

Hijos: Ana María,  Liliana y Gilberto Mauricio

 

Realizó sus estudios en el Instituto de Manizales en 1928 y los profesionales en la Universidad de Antioquia de Medellín en 1936, con el grado de Doctor en Derecho y Ciencias Políticas. En especialidad en Derecho Constitucional y en Derecho Mercantil.

 

Fue fundador del movimiento Político “Acción Nacional Popular” Diputado a la Asamblea del Departamento de Caldas, Representante a la Cámara, Senador de la República. Embajador de Colombia en España, Escritor y Director de los Diarios: Eco Nacional y Diario de Colombia.

 

Tuvo a Bolívar como fuente principal de sus convicciones. El Congreso a su juicio, debía mantener su sistema bicameral, pero dando al Senado una estructura corporativa para facilitar la integración económica y la coordinación social del país.  Sostenía que en los postulados católicos tendrá que fundarse la sociedad contemporánea porque “el mundo moderno no tiene si no dos polos de gravitación: Roma y Moscú”.  La economía  tiene que ponerse al servicio del hombre.  Los partidos tienen que compasarse al flujo de los tiempos para que puedan subsistir con sus mitos y sus querencias.  De la tradición solo es posible recoger las esencias y deshacer “las palabras e imágenes muertas que se depositan  en el cauce de la historia”.  Fueron esos principios centrales, sus preceptos mayores, reiterados, ampliados y propagados con ardientes vocablos a lo largo de la marcha.

 

(Del historiador José Luis Lara Peñaloza).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.  RESEÑA HISTORICA DE LA INSTITUCION

 

 

La Institución Educativa Colegio Departamental Gilberto Alzate Avendaño fue creada mediante  Ordenanza 077 de Noviembre 4 de 1.992, por iniciativa del señor Gobernador Doctor Omar Armando Baquero Soler, actuando como ponente del proyecto el honorable Diputado Juan Agustín Rodríguez Ortiz.

 

Inicio labores académicas en el año 1.993 con 200 alumnos distribuidos en los grados sexto y séptimo en las instalaciones de Colegio Jhon F. Kennedy; ubicado en la  segunda etapa del barrio La Esperanza de Villavicencio, siendo su primer Rector el  Licenciado Nahín Manosalva Arévalo.

 

 

El 22 de octubre de ese mismo año, el Ing. José Estiliano Acosta, secretario de Planeación Municipal, emite concepto técnico al gobernador departamental, sobre la ubicación del colegio en las zonas verdes, del Barrio la Vega, en los lotes 5 y 6  correspondiente a  una extensión  total de 6.658 m2.

 

En 1.994 el número de alumnos ascendió a 310 distribuidos en los grados sexto,  séptimo y octavo.  A finales de este mismo año se adjudico por licitación pública el contrato de construcción del 1° nivel de la planta física.

 

En el año 1.995  se estableció convenio con la escuela Villa Bolívar para la proyección de los niveles de básica primaria y preescolar, y  se inició la construcción del primer nivel de la planta física  la cual fue inaugurada por el señor  Presidente de la República Dr. ERNESTO SAMPER PIZANO el  21 de febrero de 1.996. 

 

En 1.997 la matricula asciende a 720 alumnos distribuidos en los grados de sexto a once, y se celebra la graduación de la primera promoción de bachilleres comerciales con énfasis en informática.

 

A partir del año 2002 según resolución 1956 de 2002 de adquiere nueva razón social “I.E. Colegio Departamental Gilberto Alzate Avendaño” y adopta los niveles de Preescolar, Básica y Media Técnica.

 

A  partir del año  2010, los estudiantes tienen  la opción de cursar en integración con el SENA las especialidades de Técnico. En Registro de Operaciones Contables o la especialidad de Técnico. En Asistencia en Administración Documental.  Además la I.E. gradua sus estudiantes con doble titulación: Bachiller Técnico en Comercio e Informática  y en integración con el SENA; en una de las dos las especialidades.

 

Actualmente El Colegio Gilberto Alzate Avendaño ofrece en integración con  el SENA las especialidades Técnico en Contabilización de Operaciones Comerciales y Financieras y Técnico en Asistencia Administrativa posibilitado por medio del  convenio suscrito entre la Secretaría de Educación Municipal y el Servicio Nacional de Aprendizaje.  Se tiene proyectada ofrecer la media académica a partir del 2016 previo cumplimiento de los requisitos exigidos por ley.

 

 

La I.E. ha estado orientado por Lic. NAHIN MANOSALVA ARÉVALO, Rector fundador (q.e.p.d.),  de 1992 al 1999, la Lic. Martha Yolanda Muñoz, año 2000, la  Lic. RUTH RODRIGUEZ DE AMAYA del año 2000 a  Mayo del 2008,  la Lic. BLANCA LETICIA TACHA DE MONTEGRE, de mayo del 2008 hasta Julio del 2013  y su Rector actual el ingeniero ROBINSON FERNEY ROMERO CONTENTO

 

 

Es motivo de orgullo para todos los que integramos la familia alzatista registrar que a la fecha se han aportado a la sociedad 16  promociones de bachilleres,  muchos de los cuales son exitosos profesionales que   contribuyen  al progreso y desarrollo de la región llanera.  

 

 

3.  CAPITULO I

 

GENERALIDADES DE LA INSTITUCIÓN

 

ARTÍCULO 1º: LA INSTITUCIÓN

 

El colegio GILBERTO ALZATE AVENDAÑO  es una Institución educativa de carácter público, creada según la ordenanza Nº 077 de Noviembre 4 de 1992. Está  conformada por dos sedes:  que funcionan en Villavicencio, en la carrera 30 A calle 5 A barrio La Vega y en la  calle 6 A Nº 40 – 14  barrio Villa Bolívar, respectivamente. 

 

Se orienta esta institución por los lineamientos trazados en el P.E.I. buscando entregar a la sociedad personas con conocimientos y valores humanos que contribuyan al engrandecimiento de la región y que  permitan la transformación de la realidad; el colegio GILBERTO ALZATE AVENDAÑO.  Brinda formación integral a niños, niñas y jóvenes a través de las diferentes etapas de su vida; Preescolar, Educación Básica Primaria, Básica Secundaria y  Media Técnica; hasta recibir el título de Bachiller Técnico en Comercio e Informática, otorgado por la Institución  y  cumpliendo el convenio SECRETARÍA DE EDUCACIÓN -  SENA, se otorga el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) correspondiente a la especialidad cursada y aprobada.

 

 

 

 

ARTICULO 2º: SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN

 

Los Símbolos de la Institución Educativa Gilberto Alzate Avendaño fueron creados para afianzar la identidad de la comunidad estudiantil, y el reconocimiento de la sociedad llanera, fueron adoptados mediante resolución interna, con la aprobación de los docentes y directivos fundadores en el año de 1996.

 

 

  • La Bandera: diseñada para que en cada uno de sus colores muestre: VERDE símbolo del equilibrio y la ponderación, invita a seguir adelante, nos recuerda la relación con la naturaleza y la inmensidad de nuestro llano. Identifica al ser juvenil, amistoso y buen compañero. AZUL refleja el cielo que cubre nuestro llano, la inteligencia, la verdad y sabiduría con que cuentan nuestros jóvenes Alzatistas. BLANCO representa la inocencia y la tranquilidad de nuestros estudiantes. Evoca la grandeza de nuestro llano y la paz que debe reinar en la sociedad llanera y nuestro país. AMARILLO representa la riqueza de la región llanera y principalmente la riqueza que existe en el interior de cada ser humano que ingresa a la comunidad educativa alzatista.

 

  • El Escudo: se adoptó la idea de este diseño en reunión de Docentes fundadores, en él se representa la misión y visión de la institución en cuanto a la apropiación de conocimientos puestos al servicio, avance y evolución de la ciencia, la tecnología, el arte y la cultura. Por  ello en él aparece representado un libro abierto con las palabras CIENCIA Y CULTURA, una lámpara que simboliza la CREATIVIDAD, una pluma y un tintero símbolo de ingenio e ideas brillantes.

 

 

  • El Himno: el honor para la institución de haber contado con un profesional de alta calidad humana, hace que por siempre esté en la memoria el legado que dejó el Lic. EMIGDIO QUESADA MARTINEZ; fue él quien compuso el himno Alzatista; en su letra representa lo sublime y noble del estudiante Alzatista, EL ESFUERZO como el poder para alcanzar el triunfo. Su música, la melodía de la alegría y la dignidad, con la que siempre debe estar el estudiante Alzatista, la compuso el maestro Isaac Tacha Niño. Fue adoptado mediante resolución del Consejo Directivo, el 5 de noviembre de 2003.

 

 

  • DIA OFICIAL DEL COLEGIO: el 5 de Noviembre.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3º: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA INSTITUCIÓN

 

La Institución Educativa Gilberto Alzate Avendaño centra la formación integral de sus estudiantes en CINCO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES:

 

  • Buscar el desarrollo de la persona humana  como ser autónomo, social y transparente.

  • Orientar al estudiante en su maduración progresiva hacia la afectividad.

  • Desarrollar aquellas capacidades, habilidades y destrezas que ayuden a los estudiantes a ser  intelectualmente competentes  a fin de que sean hombres útiles a la sociedad y a la patria.

  • Formar personas capaces de tomar decisiones conscientes, responsables y autónomas, que se proyecten como líderes para enfrentar los retos del nuevo milenio.

  • Vivir con toda la comunidad en la fraternidad universal  que les permita aprender a vivir juntos, aprender a vivir con los demás, a estar en paz consigo mismos, con el prójimo, con la naturaleza y con Dios; cualquiera que sea su creencia; para la construcción de una sociedad más justa, civilizada, pacífica y democrática.

 

 

ARTÍCULO 4º: FILOSOFÍA DE LA INSTITUCIÓN

 

El colegio Gilberto Alzate Avendaño tiene como fundamentos filosóficos:

 

  • Mantener la continua formación del estudiante, consciente de una realidad nacional, educarlo y formarlo con responsabilidad, preparándolo ante un futuro con decisión, optimismo y emprendimiento; con sentido crítico y analítico.

  • Reconocer que el estudiante Alzatista es una persona en formación, por lo tanto, la labor pedagógica tiene como fin orientar al educando para que sea participante, cuestionador de la realidad e investigador del saber científico y técnico. Que lo proyecte como ser sociable, creativo y feliz, en pro de desarrollar equilibradamente sus competencias básicas específicas, ciudadanas y laborales.

  • Orientar la formación de hombres y mujeres útiles a sí mismos, a la familia,  a la sociedad y a la patria, dentro de los postulados del respeto humano, la solidaridad, eficiencia,  la eficacia y la responsabilidad de todos sus actos.

  • En el proceso de integración con el SENA se  asume como responsabilidad el impulsar en los estudiantes un proceso de formación y concientización permanente que adecue los hábitos, destrezas, comportamientos individuales y grupales hacia procesos de socialización e innovación por excelencia, para que los conocimientos técnicos adquiridos, modos de relación y de aceptación de los que lo rodean, contribuyan al desarrollo de la región.   A partir del año 2010 el Consejo Directivo aprobó mediante Acuerdo N° 33 de 2009 las especialidades SENA: “Técnico en Asistencia en Administración Documental” y “Técnico en Registro de Operaciones Contables”.

 

A partir del año 2012 se ofrecerán las especialidades de “Técnico en Contabilización de Operaciones Comerciales y Financieras” y “Técnico en Asistencia Administrativa”, mientras estén vigentes en el SENA.  está en proceso la  implementación de la media académica a partir del 2016

 

 

ARTICULO 7° MODELO PEDAGÓGICO 

 

COGNITIVO – HUMANISTA

 

Este modelo está fundamentado en la estructura básica de dos corrientes pedagógicas

 

 a saber:

 

  • APRENDIZAJE POR DESCUBRIMIENTO

AUTOR: JEROME BRUNER.  Es uno de los precursores de los estudios sobre Estrategias Cognitivas.

POSTULADOS:

  • El aprendizaje es un proceso activo, de asociación y construcción.

  • La experiencia humana no solo implica pensamiento, sino también afectividad y únicamente cuando se consideran en conjunto se capacita al individuo para enriquecer el significado de su experiencia

  • El aprendizaje consiste esencialmente en la categorización. La categorización está estrechamente relacionada con procesos como la selección de información, generación de proposiciones, simplificación, toma de decisiones y construcción y verificación de hipótesis.

  • Otra consecuencia es que la estructura cognitiva previa del aprendiz (sus modelos mentales y esquemas) es un factor esencial en el aprendizaje.

PRINCIPIOS

  • La aproximación a la comprensión  del aprendizaje es fundamentalmente racionalista, como oposición a los enfoques  empiristas.  

  • Todo conocimiento humano es una construcción personal del sujeto.

  • El proceso de construcción del conocimiento con participación activa del  sujeto que elabora y modifica los datos sensoriales y posibilitan anticipar la realidad, transformarla y no solo adaptarse a ella.

  •  La cibernética y la  inteligencia artificial produjeron un impacto significativo y la psicología  cognoscitiva a potenciado los modelos precomputacionales.

  •  El esquema  conceptual de esta tendencia, reconoce al hombre como un sistema que procesa información y el aprendizaje como las modificaciones sucesivas de las   estructuras   cognitivas que son causa de la conducta de ése. 

Bruner sostiene que toda teoría de instrucción debe tener en cuenta los siguientes cuatro aspectos:

  • La predisposición hacia el aprendizaje.

  • El modo en que un conjunto de conocimientos puede estructurarse de modo que sea interiorizado lo mejor posible por el estudiante.

  • Las secuencias más efectivas para presentar un material.

  • La naturaleza de los premios y castigos.

 

APORTE A LA PRÁCTICA PEDAGOGICA

Las siguientes son las implicaciones de la teoría de Bruner en la educación, y más específicamente en la pedagogía:

  • Aprendizaje por descubrimiento: el instructor debe motivar a los estudiantes a que ellos mismos descubran relaciones entre conceptos y construyan proposiciones.

  • Diálogo activo: el instructor y el estudiante deben involucrarse en un diálogo activo (p.ej., aprendizaje socrático).

  • Formato adecuado de la información: el instructor debe encargarse de que la información con la que el estudiante interactúa esté en un formato apropiado para su estructura cognitiva.

  • Currículo espiral: el currículo debe organizarse de forma espiral, es decir, trabajando periódicamente los mismos contenidos, cada vez con mayor profundidad. Esto para que el estudiante continuamente modifique las representaciones mentales que ha venido construyendo.

  • Extrapolación y llenado de vacíos: La instrucción debe diseñarse para hacer énfasis en las habilidades de extrapolación y llenado de vacíos en los temas por parte del estudiante.

  • Primero la estructura: enseñarle a los estudiantes primero la estructura o patrones de lo que están aprendiendo, y después concentrarse en los hechos y figuras.

 

 

 

  • HUMANISMO

 

AUTOR:        Abraham Maslow

POSTULADOS

Las teorías humanistas  de la motivación tienen en común es la idea de que la gente se ve motivada de continuo por la necesidad innata de desarrollar su potencial; de ahí que motivar a los estudiantes signifique cultivar sus recursos internos – su sentido de competencia, autoestima, autonomía y autorrealización -

 

La teoría de Maslow es una forma de contemplar de manera integral a la persona, cuyas necesidades físicas, emocionales e intelectuales están relacionadas,  lo que tiene implicaciones importantes para la educación. Un niño cuyos sentimientos de seguridad y sentido de pertenencia se ven amenazados por un divorcio tendrá poco interés en aprender la división de fracciones. Si el aula es un lugar atemorizante e impredecible en el que los estudiantes rara vez conocen su sitio, de seguro que estarán más preocupados por la seguridad que por el aprendizaje. La jerarquía de Maslow arroja otras luces sobre la conducta de los alumnos; por ejemplo: su deseo de satisfacer necesidades de nivel inferior puede entrar en conflicto con el deseo del educador de que alcancen metas de nivel elevado. Para ellos es importante pertenecer a un grupo social y mantener ahí la autoestima, por lo que, si obedecer al maestro entra en conflicto con las reglas del grupo, es probable que decidan ignorar sus deseos o incluso se le resistan. 

Hay que tener presente que todos necesitamos sentirnos a salvo, seguros, aceptados, competentes, eficaces, vinculados y en control de nuestra conducta.   Algunas  personas pueden haber adquirido una necesidad de logro particularmente fuerte, pero casi todos  nos sentimos más motivados al comprometernos con tareas que nos brindan un sentido de realización y la oportunidad de formar relaciones positivas con los demás. A nadie le gusta el fracaso, pero para algunos resulta devastador. Es poco probable que los estudiantes, igual que los adultos, perseveren en las tareas o respondan  bien a los maestros que los hacen sentir inseguros o incompetentes y que los hacen fracasar.  Es menos probable que se responsabilicen del aprendizaje si en el aula se sienten como peones más  que como piezas claves o si creen que el maestro no se preocupa por ellos

APORTE A LA PRÁCTICA PEDAGOGICA

 

Las estrategias requieren de cuatro condiciones básicas para su éxito:

Existen múltiples estrategias para ayudar a los estudiantes a  ganar confianza, valorar el aprendizaje y sostener la dedicación en la tarea, para lo cual se requieren unas condiciones necesarias en las aulas de clase, así:

1º El aula debe mantener una relativa organización y estar libre de interrupciones constantes.

2º  El maestro debe ser una persona cálida y paciente que jamás avergüence a los estudiantes por sus errores. En su grupo todos deben considerar que las equivocaciones son oportunidades para aprender.

3º El trabajo debe representar un reto, pero ser razonable: si es demasiado sencillo o difícil, los estudiantes tendrán poca motivación para aprender y se concentrarán en terminar más que en el aprendizaje.

4º Las tareas de aprendizaje han de ser auténticas: trabajar más por aprender que por la calificación.

Entre otras estrategias se sugieren las siguientes:

Requerimientos básicos:

  • Ofrezca un ambiente académico organizado

  • Sea un maestro que brinde apoyo

  • Asigne trabajo que resulte un reto, pero que no sea demasiado difícil.

  • Haga que las tareas valgan la pena

Fomente la confianza y las expectativas y las expectativas positivas:

  • Comience a trabajar al nivel de los estudiantes

  • Establezca metas de aprendizaje que sean claras, concretas y factibles

  • Haga hincapié en la comparación con uno mismo no en la competencia

  • Comunique que es posible mejorar cada vez la habilidad académica.

  • Modele una buena solución de problemas.

Muestre el valor del aprendizaje:

  • Vincule la tarea de aprendizaje con las necesidades de los estudiantes

  • Relacione las actividades de la clase con los intereses de los estudiantes

  • Despierte la curiosidad

  • Haga que la tarea de aprendizaje sea divertida

  • Haga uso de la novedad y la  familiaridad.

  • Explique las conexiones entre el aprendizaje actual y la vida posterior.

 

Ayude a los estudiantes a permanecer concentrados en la tarea:

  • Brinde a sus estudiantes oportunidades frecuentes de responder

  • Ofrezca oportunidad para que sus estudiantes entreguen el producto terminado

  • Motive más el hecho de aprender que la calificación

  • Enseñe tácticas de aprendizaje o método de estudio

  • Modele la motivación para aprender

 

 

APROPIACION E INTERRELACION DE CORRIENTES PEDAGOGICAS

 

Teniendo en cuenta el proceso formativo conforme con nuestro modelo pedagógico  que se fundamenta en la relación docente estudiante; en el proceso pedagógico adoptado para alcanzar sus objetivos y desarrollar actividades sistematizadas.

 

 Que tiene en el niño como el único ser que durante un prolongado periodo de tiempo no logra un desarrollo de su existencia pero paradójicamente a esta aparente insuficiencia adaptativa posee la capacidad para la educabilidad, para que mediante la ayuda y colaboración con otros se convierta en una persona independiente, autónoma, que construya no solo su educación sino también a la educación de los demás y con creatividad y trabajo contribuya al enriquecimiento de la cultura humana.   Este triangulo formado por educandos, profesores y temáticas aparece incluido en una serie de sistemas más amplios que acerca al análisis de la práctica educativa donde se tiene en cuenta los diferentes sistemas y sus interrelaciones.

 

Nuestra pedagogía contemporánea se diferencia de la enseñanza tradicional que se caracteriza por la exposición verbal de un maestro protagonista de la enseñanza, transmisor de conocimiento, autoritario, rígido entre otras y un estudiante que llega al colegio vacio de conocimiento.  En este modelo tradicional esta primero el proceso de enseñanza sobre el proceso de aprendizaje las herramientas son el tablero, el marcador o tiza y la voz del docente, además la evaluación es memorista y cuantitativa.

 

En el modelo nuestro de pedagogías  activas se establece que el docente es mediador, plantea interrogantes para que el educando progrese, además el estudiante participe en el proceso pedagógico, dejando a un lado la concepción de ser memorista, pasivo para ubicarse como transmisor de sus dificultades. Por tanto estas pedagogías provocan cambio, movimiento, reacción y descubrimiento; pues el docente es el que facilita la actividad, observa y despierta interés teniendo en cuenta situaciones problemicas, todo esto lleva a formar un estudiante sujeto activo y el profesor un facilitador mediador del proceso.

 

En nuestro modelo  las corrientes pedagógicas contemporáneas tienen como eje central el estudiante, los encuentros con ellos  (clases) se basan en las dimensiones, destrezas, competencias y habilidades; además a  responder al reclamo social, esto es una formación que les permita a los estudiantes-sujeto resolver problemas de toda clase de manera autónoma, que lo lleva a buscar soluciones y encontrar respuestas.

 

Nuestro modelo pedagógico se centra en la iniciativa del estudiante y no en los perjuicios del docente, fomentando la actividad espontanea, personal y fecunda. Proponiendo métodos activos y grupales que vinculen la enseñanza a la vida.

El docente se concibe como autentico en sus relaciones con estudiantes, un maestro vivo que sea respetado y valorado positivamente por sus estudiantes teniendo la capacidad de reflexionar conjuntamente con ellos. El tiene que lograr no ser visto como autoridad fría, como el que divide el grupo entre buenos y malos. Deber ser el mediador, el orientador de procesos.

 

 

RUTA DIDÀCTICA

 

Teniendo en cuenta estos postulados se plantean como ejes articuladores del proceso formativo las siguientes fases que permitirán vivenciar el modelo y hacer de él una práctica real.

 

FASE DE EXPLORACION:

 

Es aquella que determina conocimientos o experiencias previas que permitirán al estudiante hacerse participe de la construcción del conocimiento partiendo de su realidad y entorno

 

FASE ESTRUCTURACION

 

Le permite al estudiante y al docente interactuar en la conceptualización de los ejes temáticos y formular la fundamentación teórica que lo soporta

 

FASE EJECUCION Y TRASFERENCIA

 

En ella el estudiante pondrá en práctica los conocimientos adquiridos confrontándolos con su entorno que le permitan afianzar y profundizar en los mismos generando espacios de reflexión y apropiación de lo aprendido

 

FASE DE EVALUACION

 

Se tendrá en cuenta el proceso realizado en las fases anteriores y permitirá establecer el nivel de desempeño de cada estudiante.

 

 

 

ARTICULO 8º: CARACTERIZACIÓN DE LA  INSTITUCIÓN EDUCATIVA GILBERTO ALZATE AVENDAÑO 

 

La Institución Educativa Colegio Departamental Gilberto Alzate Avendaño, es una institución de carácter público y mixto,  creado mediante Ordenanza No. 77 de Noviembre 4 de 1992 Emanada de la Asamblea del Meta, para impartir enseñanza Formal en los niveles de Educación Básica Secundaria, Media Técnica, especialidad en Comercio e Informática, en jornadas “Mañana” y “Tarde”  y Calendario “A”; por medio de la Resolución 1956 del 25 de Noviembre de 2002 de la Secretaría de Educación Departamental se fusiona la sede principal de la Institución Educativa Colegio Departamental Gilberto Alzate Avendaño y la sede Concentración Escolar Villa Bolívar. Su domicilio es la carrera 30ª con calle 5ª de la Urbanización La Vega de Villavicencio.

 

 

 

4.  CAPITULO II

DE LA ADMISIÓN, MATRICULA  Y PERMANENCIA DE  LOS ESTUDIANTES.

 

ARTÍCULO 9º: DE LA ADMISION

 

La admisión es el acto por el cual la Institución Educativa INSTITUCIÓN EDUCATIVA GILBERTO ALZATE AVENDAÑO selecciona, de la población estudiantil aspirante, a quienes con los requisitos y procedimientos establecidos pueden matricularse en algunos de los cursos que este ofrece.

 

Por tanto el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Adquirir y diligenciar el formulario de solicitud de inscripción respectivo (prematrícula), para que sea entregado en la Secretaría del colegio  en fecha señalada por la institución.

  • Presentar certificación de conducta

  • Adquirir el visto bueno de la Rectoría

  • Cumplir con los requerimientos establecidos por el MEN

 

 

ARTICULO 10º: MATRICULA

 

Es el acto jurídico o contrato que formaliza la vinculación del estudiante a la Institución. Se realiza por una vez y será renovado cada año lectivo,  siempre y cuando se cumpla con los requisitos exigidos por la Institución tanto a los estudiantes como a los padres de familia y/o acudientes.

 

 

 

ARTÍCULO 11º  REQUISITOS PARA LA MATRICULA

 

ESTUDIANTES ANTIGUOS:

1. Paz y Salvo por todo concepto del año lectivo anterior.

2. Boletín final.

3. Copia del seguro médico o del SISBEN.

4. Acta de Matrícula del estudiante: este documento se imprime ingresando a la página www.gestacol.info , selecciona el escudo del colegio, pre matrícula, opción 1 acta de matrícula y actualiza la información, imprimirla y pegarle una foto.

5. Presentarse el estudiante con su padre de familia o acudiente.

6. Presentar toda la documentación debidamente legajada en una carpeta libre de ácido para colgar.

 

ESTUDIANTES NUEVOS:

Se otorgará la matrícula según la disponibilidad de cupos y los requisitos son:

1. Realizar la inscripción del estudiante (ingresar a la página www.gestacol.info , selecciona el escudo del colegio, pre matrícula, opción 3 inscripción en línea,  imprimir el formulario y pegarle una foto.

2. Registro civil de nacimiento en original.

3. Fotocopia de la Tarjeta de  Identidad de 7 a 17 años al 150%.

4. Certificado de años anteriores desde 5º hasta el año cursado, si es de primaria del grado anterior.

5. Fotocopia del documento de los padres y acudiente al 150% (para ser acudiente debe presentar una carta de autorización firmada por los padres o tutor legal).

6. Fotocopia del Seguro Médico o SISBEN.

7. Copia del certificado de vacunas (para estudiantes de grado 0 a 5º).

8. 3 fotos tamaño documento debidamente marcadas.

9. Retiro del SIMAT.

10. Presentar toda la documentación debidamente legajada en una carpeta libre de ácido para colgar.

 

ARTICULO 12º: PERDIDA DE CALIDAD DE ESTUDIANTE

 

Se pierde la calidad de estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GILBERTO ALZATE AVENDAÑO  cuando se presente el retiro voluntario, bien sea que dicha voluntad  provenga  del padre de familia o del acudiente o cuando lo disponga el Consejo Directivo dentro del conducto regular y el debido proceso.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 13º COMPROMISO DE PERMANENCIA EN LA INSTITUCIÓN

 

Por ser el acto de matrícula un contrato, el estudiante y sus padres de familia y/o acudientes  se a cumplir con las normas legales e institucionales vigentes en el presente manual de convivencia.

 

Se pierde la calidad de acudiente si los padres de familia y/o acudientes agreden física o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa afectando la sana convivencia en la institución.

 

5.  CAPITULO III

DEL GOBIERNO ESCOLAR

 

Como se encuentra consignado en nuestro Manual de Convivencia y consagrado en el ART  142 de la LEY 115  de 1994 – LEY GENERAL DE EDUCACION, el Gobierno Escolar es una forma de preparación para la convivencia democrática, por medio de la participación de todos los estamentos de la comunidad educativa en la organización y funcionamiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI).  

 

El Decreto 1860 en su artículo 19, establece la  "Obligatoriedad del Gobierno Escolar. Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa.

 

 

ARTICULO 14º: INTEGRACIÓN  DEL GOBIERNO ESCOLAR

 

El Gobierno Escolar está integrado por el Consejo Directivo, el Consejo Académico y el Rector.

 

De igual forma se contara con los siguientes órganos de apoyo al Gobierno Escolar :

Comisiones de Evaluación y Promoción, Personero Estudiantil, Consejo Estudiantil,  Comité de Convivencia Institucional, la Asociación de Padres de Familia y demás estamentos establecidos por las normas legales.

 

Cada uno de los anteriores estamentos promueve los valores que identifican a la Institución Educativa Gilberto Alzate Avendaño y velan por el cumplimiento de las normas establecidas en el Manual de Convivencia.

 

 

 

 

ARTICULO 15º: CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO.

 

El consejo Directivo estará integrado por: el Rector, quien lo presidirá y convocara ordinariamente y extraordinariamente cuando lo considere conveniente; dos representantes de los docentes, elegidos por mayoría de votantes en asamblea de docentes ; dos representantes de los padres de familia, elegidos, uno por la junta directiva de la asociación de padres de familia y el segundo elegido por el consejo de padres;  un representante de los estudiantes, elegido por el consejo de estudiantes  perteneciente al grado undécimo;  un representante  de los ex alumnos y un representante del sector productivo.

 

PARAGRAFO 1.  Requisitos para la elección de los Docentes al Consejo Directivo:

 

  • Ser docente nombrado en propiedad.

  • Estar vinculado como mínimo dos años a la institución

  • Observar excelente comportamiento ético y moral.

  • Distinguirse por su capacidad para sostener buenas relaciones.

  • Observar ecuanimidad en las determinaciones que adopte en favor de la  Comunidad Educativa.

  • Carecer de manejos económicos dentro de la Institución.

  • Conocer y estudiar de manera constante la legislación educativa, el Manual de  Convivencia y Paz, y los reglamentos de la Institución.

 

PARAGRAFO 2.  Requisitos para la elección  de los representantes de los Padres de Familia

 

  • Tener cuando menos un hijo matriculado oficialmente en la Institución.

  • Estar  vinculado  a  la  Institución, como padre de familia, por lo menos durante los dos (2) años   anteriores a la fecha de su designación

  • Ser cultor de los principios y filosofía que orientan la institución.

 

 

PARÁGRAFO 3. Perdida  del carácter de integrante del Consejo Directivo. Si dentro del período de su ejercicio los Representantes de los Padres de Familia al Consejo Directivo, incumpliere con cualquiera de los requisitos que le facultaron para su designación, o se desvincula de la institución, ipso facto cesará en sus funciones. De igual manera perderá el carácter de miembro del Consejo Directivo el padre de familia cuando su hijo hubiere dejado de pertenecer, por cualquier causa, a la Institución.

 

 

 

 

 

ARTICULO 16º: CONFORMACIÓN DEL CONSEJO ACADEMICO

 

El consejo Académico está integrado por el Rector (a) quien lo preside; los directivos docentes; jefes de área, elegidos por los docentes que integran la misma según procedimiento definido al interior de cada área y el representante del servicio de psicoorientación.

 

  • 1. Impedimentos para los integrantes del Consejo Académico. Será causal de impedimento para cualquiera de los miembros que conformen el Consejo Académico, el intervenir en la toma de decisiones cuando se delibere sobre aspectos en los cuales tenga interés propio, o cuando éstas se relacionen con sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, tercero de afinidad, o primero civil, o tenga relación afectiva o comercial con el implicado en la determinación.

 

ARTICULO 17º: DEL RECTOR

 

El Rector (a) es el representante  del establecimiento  ante las autoridades  educativas  y ejecutor  de las decisiones del Gobierno Escolar.

 

 

ARTICULO 18º: PERDIDA DE INVESTIDURA

 

Los integrantes tanto del Consejo Directivo como del Consejo académico  y demás organismos de representación de estamentos por elección popular, perderán  la investidura por los siguientes causales:

 

  • Por Inasistencia  a reuniones sin  causa justificada hasta por tres veces consecutivas.

  • Por no asumir el cargo dentro de los  10 días siguientes a la fecha de comunicación o instalación del organismo que representa

  • Por indebida destinación o malversación de los bienes del plantel, por irrespeto o maltrato a los miembros del gobierno escolar en razón del cumplimiento de sus funciones por denigrar de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GILBERTO ALZATE AVENDAÑO  o sus estamentos sin justa causa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6.  CAPITULO IV

DE LOS ESTUDIANTES

 

 

ARTICULO 19º: DECÁLOGO DEL ESTUDIANTE ALZATISTA

 

La Institución Educativa Gilberto Alzate Avendaño busca formar personas:

 

  • Que se conozcan a sí mismas como seres únicos, con cualidades y limitaciones.

  • Libres y autónomas, respetuosas de sí mismas y de quienes las rodean.

  • Con capacidad de crítica, autocritica y reflexión que las conduzcan a transformar su realidad y la de los demás.

  • Capacitadas para competir intelectualmente siendo líderes positivos en su medio.

  • Conocedoras y responsables  del respeto y cumplimiento de sus derechos y deberes.

  • Que reconozcan la importancia de la diversidad, valoren sus ancestros culturales, históricos y religiosos; respetando las diferentes razas.

  • Solidarias, que participen, compartan alegrías y dificultades con quienes las rodean.

  • Que se preocupen por crear un mundo de amor, paz y justicia para vivir en él.

  • Conscientes de su responsabilidad social en la conservación ecológica y del medio ambiente.

  • Comprometidas con su Institución demostrando con sus actitudes y comportamiento un alto sentido de pertenencia.

 

ARTICULO 20º: DERECHOS DEL ESTUDIANTE ALZATISTA

 

Teniendo en cuenta los Derechos Fundamentales consagrados en la Constitución Política, la ley de la Infancia y la Adolescencia 1098 de 2006, la Declaración de los Derechos del Niño, Ley 1620 de 2013, Decreto Reglamentario 1965 de 2013 y las demás normas vigentes; la Institución Educativa Gilberto Alzate Avendaño reconoce como derechos de nuestros estudiantes:

 

  • Recibir oportunamente el Manual de Convivencia Escolar de la Institución en el momento de la matrícula.

  • Ser respetados en su dignidad personal e integridad física por toda la comunidad educativa.

  • Gozar del derecho a la igualdad sin permitir discriminación por razones de sexo, raza, condición económica, religiosa o social.

  • Recibir formación integral que favorezca el desarrollo de su personalidad, proyectándose como seres competentes.

  • Conocer  oportunamente los programas académicos de las diferentes áreas y asignaturas, así como los estándares de competencia  de cada una de ellas  

  • Presentar las evaluaciones y conocer los resultados dentro de los 5 días hábiles siguientes de haberse realizado. Darse cuenta de los resultados finales de cada período antes de ser registrado en los informes descriptivos y valorativos, ya que una vez subidos al sistema no podrán ser modificados.

  • Solicitar revisión de evaluaciones cuando se dude de los resultados obtenidos.

  • Recibir de la institución los criterios, procedimientos e instrumentos de de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar, según lo establecido en  el Sistema Institucional de Evaluación SIE.

  • Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos

  • Recibir asesoría de la institución en las actividades científicas, deportivas, artísticas, culturales, sociales, dentro y fuera de la institución en las que sea conveniente su participación, siendo apoyado y motivado por la institución educativa.

  • Gozar del derecho de identificarse con el uniforme e insignias propias de de la institución

  • Recibir por oportunamente por parte de la institución el carné que lo identifica como miembro de la comunidad educativa.

  • Elegir y ser elegido para los diferentes organismos del gobierno escolar, siempre y cuando reúna  los requisitos exigidos por la por la ley.

  • Recibir la misma protección y trato de los demás miembros de la comunidad educativa, gozando de los derechos sin ninguna discriminación por razones de sexo de origen familiar y social, ideología política o filosófica.

  • Al libre desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las que le impone los derechos de los demás y el orden jurídico.

  • Expresar libremente sus opiniones dentro de un clima de respeto, conciliador y dialogo pertinente.

  • .Al debido proceso en caso de cualquier acción disciplinara en los términos del presente Pacto de Convivencia.

  • Ser atendido en caso de urgencia en caso de urgencia médica de manera inmediata llamar al padre de familia y /o ser trasladado a un centro médico

  • Ser orientados y y protegidos contra el consumo y distribución de sustancias que produzcan dependencia, afecten el bienestar físico y psicológico de sus semejantes y en general, situaciones que repercutan en su bienestar físico y psicológico

  • Ser orientados en una educación sexual

  • Hacer uso de las buenas costumbres, la asertividad, el buen trato, el respeto y tolerancia, el adecuado lenguaje y practicar excelentes relaciones sexuales.  

  • Ser orientados y protegidos contra el consumo y distribución de sustancias que produzcan dependencia, afecten el bienestar físico y psicológico de sus semejantes y en general, situaciones que repercutan en su bienestar físico y psicológico.

  • Conocer oportunamente los registros sobre su comportamiento y desempeño escolar.

  • Conocer oportunamente los programas académicos de cada área y los planes de cada asignatura, así como los logros e indicadores de los mismos, propuestos para cada uno de ellos.

  • Ser orientados por el docente cuando no hayan alcanzado los logros previstos y recibir el respectivo refuerzo y trabajo de recuperación conforme con lo reglamentado.

  • Presentar todas las evaluaciones o recuperaciones realizadas durante su ausencia, con causa justificada y presentando los soportes de la misma.

  • Ejercer sus derechos, libertades y garantías con respecto a los demás, contemplados en la Constitución Política de Colombia.

  • Hacer uso de las buenas costumbres, la Asertividad, el buen trato, el respeto, la tolerancia, el adecuado lenguaje y practicar excelentes relaciones interpersonales.

 

PARAGRAFO 1.  Permisos a que tiene Derecho el Estudiante:

 

  • Los permisos para ausentarse del colegio se otorgan personalmente o por solicitud de los padres de familia ante la coordinación de convivencia.

  • Permisos superiores a cinco (5) días, se deben tramitar ante la rectoría del colegio.

  • La nivelación académica, pertinente a los días de permiso queda bajo responsabilidad de los estudiantes y padres, quienes deben presentar las actividades dejadas de realizar durante la ausencia del estudiante.

 

ARTICULO 21º: DEBERES DEL ESTUDIANTE ALZATISTA

 

Son deberes de los estudiantes de la Institución Educativa Gilberto Alzate Avendaño, además de los establecidos en la Constitución Política, la Ley de Infancia y Adolescencia 1098 de 2006 y las demás  normas vigentes, los siguientes:

 

 

 

 

  • Acatar lo dispuesto en el Manual de Convivencia Escolar de la Institución.

  • Respetar la integridad física y psicológica de las personas que integran la comunidad educativa.

  • Respetar el derecho a la igualdad sin permitir discriminación por razones de sexo, raza, condición económica, religiosa o social.

  • Asistir puntualmente a la institución de acuerdo a los horarios            establecidos y permanecer dentro de ella hasta que termine la jornada.

  • Cumplir responsablemente con tareas, investigaciones, lecturas y demás actividades asignadas  en todas y cada una de las asignaturas buscando la excelencia.

  • Presentar superaciones a través de planes de mejoramiento según lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación.

  • Portar los implementos necesarios para su excelente desempeño académico (útiles, uniformes, libros, entre otros), responsabilizarse de ellos y respetar las pertenencias ajenas dentro y fuera de la institución.

  • Presentar las evaluaciones con estricto sentido de responsabilidad y honestidad según lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación .

  • Asumir con responsabilidad la preparación para las pruebas SABER, de acuerdo a las políticas establecidas por la institución.

  • Cumplir con las obligaciones adquiridas con la institución para responder a los programas de servicio a la comunidad.

  • Responsabilizarse de su propia recuperación académica, atendiendo a las              instrucciones de los docentes.

  • Apropiarse  de los contenidos de los diferentes programas, su intensidad horaria que le han sido dado a conocer previamente.

  • Demostrar interés y esfuerzo por presentar las evaluaciones y conocer los resultados dentro de los 5 días hábiles siguientes de haberse realizado. Darse cuenta de los resultados finales de cada período antes de ser registrado.

  • Reclamar y solicitar con respeto la revisión de la evaluación, trabajos, talleres y otras actividades cuando considere que la valoración obtenida no es satisfactoria.

  • Acatar lo dispuesto en el SIE

  • Demostrar una formación integral en los aspectos académicos, personales y sociales dentro y fuera de la institución.

 

PARAGRAFO 1.  Deber de Presentar Excusa por Ausencia:

 

En caso de inasistencia al plantel, la justificación escrita será obligatoria ante la coordinación el día de regreso a clases antes de la segunda hora de clase*.

(*Después de justificar la ausencia el estudiante contará con tres días hábiles para las evaluaciones y trabajos correspondientes.)

El procedimiento para justificar una ausencia es:

 

  • Personalmente por los padres o acudientes.

  • Con la incapacidad médica, firmada al respaldo por los padres o acudientes.

  • Cuando las inasistencias o retardos son frecuentes, será el padre de familia o acudiente quien justifique personalmente y por escrito ante el coordinador de convivencia o Rectoría.

 

 

ARTICULO 22º: DEBERES DEL PORTE DEL UNIFORME

 

PERSONAL FEMENINO: de grado transición a once.

Uniforme de diario:

  • Jardinera  escocés  fondo verde, con tres prenses  tablón, uno central y dos laterales a  la rodilla, escudo en la pechera al lado izquierdo, con cierre al lado izquierdo.

  • Camisa beige

  • Medias  media beige

  • Zapato negro de atar

  • Corbata verde para actos especiales.

 

Uniforme deportivo:

  • Sudadera verde:

Bordado vertical en amarillo el nombre del colegio en  la  pierna izquierda

Franja beige vertical cruzada con los colores de la bandera institucional pierna derecha.

  • Pantaloneta verde con los colores de la bandera institucional cruzados en la parte inferior según diseño

  • Camiseta beige franjas triangulares laterales verde, borde de mangas y cuello de los colores de la bandera institucional.

  • Zapato tenis de atar color blanco.

  • Media canillera blanca.

ACCESORIOS: Se permiten únicamente los siguientes accesorios:

  • Aretes pequeños

  • Hebillas o moñas  pequeñas acorde con los colores del uniforme.

  • Sin maquillaje

  • Uñas maquilladas colores claros  tipo francés

 

PERSONAL MASCULINO: de grado transición a  once.

 

Uniforme de diario:

  • Pantalón verde: bota  recta de 20 cm ( no entubado)

  • Correa negra

  • Camisa beige: manga corta,  entre cuello verde, escudo  lado  izquierdo.

  • Corbata verde para actos especiales.

  • Media canillera verde

  • Zapato negro de atar.

 

Uniforme deportivo:

  • Sudadera verde:

Bordado vertical en amarillo el nombre del colegio en  la  pierna izquierda

Franja beige vertical cruzada con los colores de la bandera institucional pierna derecha.

  • Pantaloneta verde con los colores de la bandera institucional cruzados en la parte inferior según diseño

  • Camiseta beige franja triangulares laterales verde, borde de mangas y cuello de los colores de la bandera institucional.

  • Zapato tenis de atar color blanco.

  • Media canillera blanca.

PARAGRAFO:  El cabello debe estar corto  tipo ejecutivo, sin cresta ni colas;  tampoco se admiten aretes,  piercing, cachuchas u otros accesorios.

 

 

ARTICULO 22º: DE LOS ESTIMULOS AL ESTUDIANTE ALZATISTA

 

El Consejo Directivo establece los siguientes estímulos para reconocer el buen comportamiento, rendimiento y virtudes escolares:

 

  • REPRESENTAR AL CURSO EN LAS IZADAS DE  BANDERA.

 

  • DESEMPEÑARSE EN MONITORIAS.

 

3.    PERTENECER AL CUADRO DE HONOR QUE SERÁ RENOVADO CADA PERIODO: De acuerdo con los resultados arrojados por el sistema de notas y se publicará cada periodo una lista con los nombres de los estudiantes, por grado y jornada, que ocuparon el primer puesto. 

 

  • CONDECORACIÓN CON MEDALLA DE HONOR ALZATISTA, según acuerdo No 38 del 07 de Octubre del 2010: Se le concede a un estudiante de grado once que a juicio del comité de evaluación*, haya alcanzado el desarrollo integral, armónico, que refleje el perfil del estudiante Alzatista, seleccionado entre todos los estudiantes que hayan cursado desde preescolar hasta once en la institución (*El comité de evaluación está compuesto por el Rector, coordinadores, un profesor de cada área y un representante de la asociación de padres de familia según lo establecido en el decreto 1860 art. 50-52)

 

  • PREMIO EXCELENCIA ACADEMICA: Los estudiantes  que obtengan en cada grado el primer  lugar en rendimiento académico, En la ceremonia de clausura del año escolar les será entregada la resolución rectoral correspondiente.  

 

  • PREMIO MEJOR PUNTAJE EXAMEN DE ESTADO: Se concede un reconocimiento especial en la ceremonia de graduación al estudiante bachiller de la Institución que obtenga el puntaje más alto en las Pruebas  SABER 11. 

 

  • PREMIO CULTURA DEPORTIVA: Se concede un diploma de honor a los estudiantes de cada sede y jornada que se destaquen por su alto espíritu y meritos en el campo deportivo.

 

 

 

 

 

ARTICULO 23º. FORMAS DE PARTICIPACIÓN DE ESTUDIANTES EN EL GOBIERNO ESCOLAR.

 

Entre las formas de participación directa o indirecta en el gobierno escolar en que tienen incidencia los estudiantes están: Consejo Estudiantil, Personero de los estudiantes, representación de los estudiantes al Consejo Directivo, representación de los ex alumnos al Consejo Directivo y directores de curso.

 

ARTICULO 24º. CONSEJO ESTUDIANTIL.

 

El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes del plantel.  Estará integrado por los voceros de cada uno de los cursos que ofrece la institución en los diferentes grados, los estudiantes de los grados Transición, Primero, Segundo y Tercero, elegirán un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

 

La elección de representantes al Consejo Estudiantil será convocada por el Consejo Directivo dentro de las cuatro semanas calendario de iniciación de cada año escolar.

 

El Consejo Directivo reglamentará el uso del tarjetón para las elecciones de representantes de los estudiantes. De igual manera el Consejo Directivo reglamentara la expedición de CARNE ESTUDIANTIL como documento de identificación del estudiante en los procesos democráticos y ejercicio de voto o  sufragio.

 

Funciones del Consejo Estudiantil. El consejo de estudiantes tendrá las siguientes funciones:

 

  • Tener su propia organización interna

  • Elegir entre los estudiantes de último grado el representante ante el Consejo Directivo

  • Invitar a sus deliberaciones a aquellos  estudiantes que presenten iniciativas sobre desarrollo de la vida estudiantil

  • Realizar actividades conducentes al cumplimiento de los deberes y el buen uso de los derechos

  • Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los estudiantes

  • Promover actividades y proyectos que tiendan a la cualificación y mejoramiento Institucional, ampliar mecanismos de participación estudiantil, tales como encuestas, periódicos y murales.

  • Representar a la institución en encuentros inter Institucionales locales

  • Llevar el registro de sesiones en actas firmadas y presentarlas a la dirección cuando sean requeridos

  • Revocar el mandato del representante de los Estudiantes ante el consejo Directivo cuando sea el caso según una falta grave.

  • Revocar el mandato del Personero, previo plebiscito.

PARAGRAFO 1. Los estudiantes del plantel podrán revocar el mandato a cualquier miembro del consejo estudiantil, por medio de un plebiscito de estudiantes, si se comprueba la ineficiencia y falta de interés de alguno de ellos para con la responsabilidad que tiene este estamento

 

ARTICULO 25º. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

 

 El personero de los estudiantes será elegido dentro de los 30 días calendario siguiente al de la iniciación de clases del año lectivo.  Para tal efecto el Rector (a) convocara a todos los estudiantes  matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto; será imprescindible que los aspirantes a ser personero de la institución presenten su respectivo plan de trabajo. El personero de los estudiantes es un estudiante de undécimo grado encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política, la Ley 1098 de noviembre de 2006 –Código de la infancia y la adolescencia-, las leyes educativas y el Manual de Convivencia.  El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante ante el consejo directivo.

 

PARAGRAFO 1.  Sugerencias a tener en cuenta  para la elección del representante a personero de los estudiantes:

1.  Tener un rendimiento destacado en la parte académica y comportamental.

2. Haber permanecido preferiblemente los dos  (2) años inmediatamente anteriores en esta institución para conocer la realidad de la Institución Educativa que va a representar.

 

Funciones del Personero

 

  • Su papel fundamental es liderar, en la práctica, el desarrollo de cada propósito contenido en el manual de convivencia y mediar ante las dificultades que surjan.

  • Promover el cumplimiento de deberes y derechos por parte de los estudiantes.

  • Velar por el bienestar de los estudiantes.

  • Acudir personalmente ante las coordinaciones cuando tenga conocimiento de infracción de los derechos de los estudiantes, por parte de algún estamento. En caso de que sus propuestas o criterios revistan gravedad, acudir personalmente al Rector.

  • Comunicar a sus compañeros los acuerdos pactados para la solución de conflictos.

  • Evaluar con objetividad reclamos y solicitudes antes de tomar las decisiones para contribuir a la solución de los mismos.

  • Ante situaciones de conflicto, debe solicitar por escrito, su intervención respetando el conducto regular y proponer alternativas de solución.

  • Promover el respeto por los derechos de los estudiantes establecidos en el Manual de Convivencia.

  • Presentar al Rector su proyecto donde especifique las propuestas de actividades de tipo académico, cultural, religioso, cívico, deportivo, cuya factibilidad debe ser concertada con el Rector.

  • Promover la identidad, el compromiso y la participación de todos en el proceso educativo a través de diferentes campañas y proyectos comunitarios.

 

 

ARTICULO 26º. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO.

 

El representante de los estudiantes al Consejo Directivo será elegido  por el Consejo de Estudiantes, entre los estudiantes  que se encuentren cursando  el grado Undécimo. Son funciones del representante de los estudiantes al Consejo Directivo, las siguientes:

 

  • Representar a los estudiantes ante el Consejo Directivo, asistiendo puntualmente a las reuniones y rindiendo informe de las mismas a los estudiantes

  • Presentar al Consejo Directivo incentivos para beneficio de los compañeros y la Institución en aspectos relacionados con: Manual de Convivencia,  organización de actividades curriculares,  fomenta y practica  los valores humanos,  relaciones interpersonales,  organización y funcionamiento del Consejo Estudiantil,  Mantenimiento de la Planta  Física, canalizar, selección y organizar las iniciativas de los estudiantes para presentarlas por escrito al Consejo Directivo y rendirles informe oportuno sobre el curso y decisiones de las mismas.

 

 

 

ARTICULO 27º. REPRESENTANTE DE LOS EXALUMNOS AL CONSEJO DIRECTIVO.

 

Los estudiantes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GILBERTO ALZATE AVENDAÑO si existiere,  estarán representados por la asociación de ex alumnos que es el organismo que los agrupa legalmente y que  fundamentalmente servirá de apoyo, guía y colaboración en el quehacer Institucional en beneficio de los estudiantes a través de su representante ante el Consejo Directivo,  Sus principales funciones  serán:

 

Funciones del Representante de Curso:

 

  • Presentar una terna integrada por ex alumnos del Colegio ante el Consejo Directivo para que este elija entre ellos a su representante

  • Promover y ejecutar actividades conducentes al desarrollo y bienestar de la institución y los estamentos que lo conforman

  • Darse su propio reglamento y organización interna

 

 

ARTICULO 28º: DE LA REPRESENTACION DE CURSO

 

El representante de curso en el Consejo de Estudiantes y vocero de sus compañeros de aula, será elegido democráticamente en cada curso en la segunda semana de clases del año lectivo. Los grados preescolar 1º y 2º  serán representados por un estudiante de grado  3º.

 

Son funciones del representante de curso:

  • Colaborar con el Director  de curso en la administración del grupo en todos los aspectos

  • Controlar a los estudiantes del curso para permanecer en el sitio correspondiente a las actividades desarrolladas

  • Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros para lograr el efectivo cumplimiento de sus funciones y la buena marcha del curso

  • Reportar al Director de Curso y a los profesores la ausencia de sus compañeros

  • Fomentar los buenos modales entre compañeros y evitar comentarios y actitudes que lesionen a la persona, para pretender una educación integral

  • Llevar la vocería de sus compañeros ante el Director de curso,  profesores, comités y  representantes de los estudiantes.

  • Representar a su grupo en el consejo de estudiantes

 

 

ARTICULO 29º.  REVOCATORIA DEL MANDATO DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES. 

 

Son causales para la revocatoria del mandato de los representantes estudiantiles al Gobierno Escolar:

 

  • Si el Representante de los Estudiantes no cumple con sus funciones o tiene comportamiento inadecuados,  será relevado del cargo a través del consejo de estudiantes

  • Si se trata del Personero, será relevado a través del Consejo de Estudiantes, previo plebiscito

  • Si se trata de los Representantes de curso,  serán relevados  del cargo, previo acuerdo de los compañeros del respectivo curso.

 

 

ARTICULO 30º: DEL CONTRALOR Y VICECONTRALOR ESTUDIANTIL

 

El concejo de Villavicencio, mediante Acuerdo Nº 104 del 26 de noviembre de 2010, establece la figura del contralor y vicecontralor estudiantil en las instituciones educativas oficiales del municipio de Villavicencio, como un mecanismo de promoción y  fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los jóvenes.

 

El Consejo Estudiantil apoyará las funciones y labores del Contralor Estudiantil. Se reunirá por lo menos trimestralmente por convocatoria del Contralor Estudiantil.

ARTICULO 31º: FUNCIONES DEL CONTRALOR

 

Los Contralores Estudiantiles tendrán como funciones las siguientes:

  • Propiciar acciones concretas  y permanentes, de control social a la gestión de las

Instituciones Educativas.

  • Promover la rendición de cuentas en las Instituciones Educativas.

  •  Velar por el correcto funcionamiento de las inversiones que se realicen mediante los fondos de  servicios educativos.

  • Ejercer el control social a los procesos de contratación que realice la Institución Educativa.

  •  Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de la Instituciones Educativas.

  •  Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al Rector y al Consejo Directivo, sobre  el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes.

  •  Poner en conocimiento del organismo de control competente, las denuncias que tengan mérito, con el  fin de que se apliquen los procedimientos de investigación y sanción que resulten  procedentes.

  • Comunicar a la comunidad educativa, los resultados de la gestión realizada durante el periodo.

  • Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el presupuesto y el plan de compras de la  Institución Educativa.

  •  Velar por el cuidado del medio ambiente.

 

 

ARTÍCULO 32º: ELECCIÓN Y PERÍODO:

El  contralor, lo mismo que el vicecontralor,  será  un(a) estudiante que curse el grado 9º o el grado 10º en la institución, serán elegidos democráticamente por los estudiantes para un periodo fijo de un año. Es requisito para ser candidato a  Contralor Estudiantil presentar el Plan de Acción.

El Vicecontralor será el estudiante que obtenga la segunda votación, en las elecciones y ejercerá las mismas funciones del Contralor Estudiantil en los casos de faltas temporales o absolutas de éste.  El Contralor y Vicecontralor Estudiantil deben elegirse el mismo día de las elecciones para Personero  Estudiantil.

 

7.  CAPITULO V

REGIMEN DE CONVIVENCIA,

PROCESOS DISCIPLINARIOS Y EL DEBIDO PROCESO

 

ARTICULO 31º: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA

 

El régimen de convivencia, o debido proceso,  en general, lo constituyen

  • La  determinación de las conductas consideradas violatorias o atentatorias de los valores humanos y bienes de la institución  que se pretenden tutelar,

  • El  establecimiento de medidas correctivas con acciones pedagógicas o complementarias de formación, 

  • La  definición de las instancias y competencias 

  • El  procedimiento que se debe seguir.

 

ARTICULO 32º: COMPORTAMIENTOS QUE AFECTAN LA DISCIPLINA

 

Entre los comportamientos que afectan la disciplina, se consideran faltas leves, graves y muy graves.

 

ARTICULO 38: SON FALTAS LEVES

 

  • Inasistencia injustificada a clases y a otras actividades escolares.

  • Uso de maquillaje o cualquier tipo de tintura extravagante, dentro del colegio o en actividades que lo representen.   

  • Uso de cualquier tipo de bisutería y pircing  dentro del colegio o en actividades que lo representen.   

  • Emplear ocasionalmente vocabulario inadecuado ya sea en forma oral, escrita, virtual o por medio de señas.

  • No acatar las órdenes, disposiciones de los superiores sin extralimitación de sus funciones.

  • Portar el uniforme incompleto, hacerlo inadecuadamente o usar otro que no corresponda.

  • Participar o incitar al desorden en aulas de clase, campos deportivos, actos culturales, deportivos o cívicos o formaciones escolares dentro o fuera de la Institución o actos comunitarios.

  • Ausentarse de clases y actividades, estando dentro de las instalaciones del plantel, sin autorización.

  • Realizar ventas, apuestas, negocios e intercambios de objetos dentro de la Institución, sin autorización.

  • Expresar o manifestar  relaciones amorosas dentro o fuera de la institución, portando el uniforme y en actividades propias de la Institución.

  • Llegar tarde al plantel o a las clases sin causa  justificada.

  • No entregar oportunamente los desprendibles, citaciones o comunicados que se envían entre la Institución y los padres de familia.

  • El uso de dispositivos electrónicos, interfiriendo el normal desarrollo de las clases o la concentración del estudiante en las actividades programadas por  el docente.

  • Ingerir alimentos o gomas de mascar durante la clase.

  • Dejar en condiciones de desaseo y desorganización el salón de clase y zonas de uso común.

  • Perturbar el desarrollo de las labores académicas o extraacadémicas.

  • Practicar juegos  que involucren el manejo del dinero.

  • La acumulación de tres (3) faltas leves se convierte en Grave.

 

PARAGRAFO1: La Institución Educativa Gilberto Alzate Avendaño no asumirá responsabilidad civil contractual ni extracontractual, por la pérdida o daño de elementos de cualquier género, tipo y valor comercial (vestuario, libros, joyas, celulares, portátiles y otros).

PARAGRAFO 2: Para las estudiantes se permitirá la bisutería autorizada con el uniforme.

 

 

ARTICULO 33º: PROCEDIMIENTO Y APLICACIÓN DE  MEDIDAS O ACCIONES    CORRECTIVAS POR OCURRENCIA DE FALTAS LEVES.

 

Las faltas leves hacen referencia al incumplimiento de los compromisos adquiridos al matricularse y que no estén considerados  como faltas graves o muy graves.

 

La calificación de las faltas leves y la aplicación de acciones correctivas corresponden a los docentes de la clase, o del turno de disciplina y se procederá de la siguiente forma:

 

  • Diálogo entre el estudiante y el docente o persona conocedora de la falta estableciendo compromiso escrito, registrado en el diario de campo del docente  con fecha y hora, especificando los hechos, con el fin de concientizar y comprometer a un cambio de actitud positiva o asertiva.

  • Si la falta lo amerita  el docente,  hará amonestación escrita en el observador del estudiante con las firmas del docente y el estudiante. En este registro se tendrá en cuenta la fecha de ocurrencia de la falta, la falta cometida y los descargos que desee documentar el estudiante con el ánimo de  ejercer en forma inmediata el derecho a la defensa del estudiante y establecer los correctivos pedagógicos pertinentes.

  • En el trabajo realizado en el aula por cada docente en la solución de conflictos por la ocurrencia de faltas leves, se determinara al estudiante infractor una actividad preventiva pedagógica encaminada   a corregir y orientar la conducta del estudiante de la cual debe quedar registrada en el diario de campo.

  • Luego del trabajo realizado  por el docente en el aula  y ante la persistencia en la infracción de faltas leves, el docente podrá remitir el caso a la coordinación de la institución demostrando el respectivo trabajo realizado con el estudiante y presentando  informe.

De igual forma, se tendrán en cuenta entre otras las siguientes medidas o acciones  correctivas por ocurrencia de faltas leves:

 

El estudiante que acumule tres (3) retardos sin justa causa al inicio de la jornada durante el periodo académico, deberá traer al padre de familia o acudiente y será atendido por coordinación.

 

La acumulación de 3 faltas leves se convierte en falta Grave.

 

Al cumplir 3 registros en el observador del estudiante por faltas leves, el caso será remitido a la coordinación por parte del docente director de curso mediante  informe escrito y será el coordinador (a) el encargado de analizarlo y si es necesario remitirlo a la comisión de Disciplina.

 

El proceso llevado por los Docentes en cada aula será comunicado a los respectivos Directores  de grado.

 

 

ARTICULO 34º: SON FALTAS GRAVES

 

Son aquellas que se cometen dentro o fuera de la Institución Educativa que causan daño de manera significativa moral, física o material atentando contra los derechos de sí mismo y de las demás personas obstaculizando el normal desarrollo de las actividades escolares y/o desdibujando la imagen institucional.

 

  • Realizar  fraude o falsificación de tipo académico.

  • Emplear vocabulario soez e injurioso dentro o fuera de la institución, portando el uniforme, ya sea en forma oral, escrita, virtual o por medio de señas.

  • Retirarse de la Institución en horas de clase sin previa autorización del Coordinador(a).

  • Evadirse de la Institución Educativa  dentro de la jornada o en actividades extracurriculares.

  • Emplear vocabulario soez e injurioso  ya sea en forma oral, escrita, virtual o por medio de señas dentro del colegio o en actividades que lo representen.   

  • Portar, consumir o distribuir cigarrillos y/o bebidas embriagantes dentro del colegio o en actividades que lo representen.   

  • Presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias alucinógenas a la  Institución o a cualquier actividad escolar.

  • Agredir verbalmente o por escrito a cualquier miembro de la comunidad educativa.

  • Mal comportamiento en otras instituciones, empresas o lugares recreativos o culturalesen actividades que lo representen.

  • Esconder o causar daño de cualquier índole a elementos personales de administrativos, docentes, empleados o compañeros de la institución.

  • La difamación verbal o escrita a personas que integran la comunidad educativa.

  • Hacer demostraciones afectivas con miembros de la comunidad educativa, que denoten morbosidad y/o mal ejemplo dentro o fuera de la institución portando el uniforme.

  • Ejercer presión psicológica negativa mediante acciones de hecho o de palabra como calumnias, intrigas, sobrenombres despectivos, burlas y demás que atenten contra la salud mental o la integridad de cualquier miembro de la comunidad a través de cualquier medio.

  • Dar trato discriminatorio a los compañeros o a cualquier miembro de la comunidad educativa.

  • Comportarse de manera irrespetuosa frente a las observaciones de los profesores, coordinador, rector o cualquier miembro de la comunidad educativa.

  • El porte de elementos corto punzantes.

  • Realizar juegos bruscos que atenten contra la seguridad física de los demás miembros de la comunidad.

  • Encubrir actos individuales o colectivos que afecten la buena formación y el desarrollo normal de las actividades de la institución.

  • Promover y/o participar en riñas y proferir amenazas fuera o dentro del plantel a cualquier miembro de la comunidad educativa.

  • Destruir o contribuir al deterioro de la infraestructura física y materiales que estén al servicio de la institución y/o de los docentes.

  • Participar en acciones que atenten contra el bienestar de  cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea en forma individual o colectiva.

  • Causar daños premeditadamente en las instalaciones, muebles, y enseres de la institución o de cualquier miembro de la comunidad educativa.  

 

ARTICULO 35º: PROCEDIMIENTO Y APLICACIÓN DE  MEDIDAS O ACCIONES  CORRECTIVAS POR OCURRENCIA DE FALTAS GRAVES

 

1.  Presentación  del informe  escrito por parte del Docente al Coordinador con los respectivos soportes.

2. El coordinador(a) citará al padre de familia o acudiente quien deberá presentarse  con el estudiante para ser informado de la(s) falta(s) cometida por el estudiante y escuchar los posibles descargos; el coordinador le impondrá un correctivo pedagógico y/o compromiso según considere pertinente, y la exigencia de la reparación, devolución o resarcimiento del daño o perjuicio causado; el padre de familia actuará como garante del cumplimiento por parte del estudiante.

 

3. En caso de incumplimiento a lo determinado por el coordinador o la ocurrencia de otra falta, el coordinador citará al estudiante con el padre de familia para informarle la situación y el debido proceso a seguir.

 

4. Presentación del estudiante con el padre de familia o el acudiente previa citación  ante el Coordinador; para informarle sobre la falta cometida elaborando un acta firmada por las partes intervinientes, estableciendo un plazo de tres días hábiles para entregar los descargos a la coordinación y así ejercer el derecho a la defensa.

En caso  que el estudiante y su acudiente acepten los cargos se deja constancia de lo manifestado, pero igualmente, se le manifiesta que tiene derecho a ejercer la defensa presentando los descargos en los siguientes dos (2) días hábiles.

 

4.  A los dos (2) días hábiles se debe dejar constancia al finalizar la jornada del recibo o no de la presentación de los descargos. Si en los descargos se solicita la práctica de pruebas, mediante auto el coordinador ordenará la práctica de las mismas en un término no mayor a tres (3)días hábiles.

 

5. Una vez vencidos los tres (3) días hábiles el coordinador convocará a la Comisión de Disciplina para analizar la situación y tomar las decisiones pertinentes, esta comisión podrá imponer una sanción al estudiante entre 1(uno) y 5 (cinco) días hábiles, periodo en el que deberá realizar un correctivo pedagógico con el acompañamiento del padre de familia o acudiente al cabo de los cuales retornará a clases normalmente. Durante el periodo de la sanción el estudiante no podrá presentar ninguna actividad académica, ni se le dará excusa para presentarlas posteriormente. 

 

PARAGRAFO: La Comisión de Disciplina estará integrada por: El Coordinador quien la presidirá, el docente conocedor de la falta, el estudiante y el padre de familia; en los casos que lo amerite, asistirá también el Director de curso y/o la Psicoorientadora.

 

 

ARTICULO 36º: SON FALTAS  MUY GRAVES.

 

  • Agredir físicamente causando lesiones e incapacidad a cualquier miembro de la comunidad educativa.

  • Vender, distribuir o presionar la adquisición o consumo  de sustancias psicoactivas o restringidas por la Ley,

  • Participar en hurto o encubrimiento comprobado dentro de la Institución o en actividades  propias de la misma.

  • Pertenecer o conformar grupos de pandillas delincuenciales u otras que atenten contra el bienestar de la comunidad educativa.

  • Amenazas a compañeros, docentes, directivos o cualquier miembro de la comunidad educativa a través de cualquier medio.

  • Portar, suministrar o utilizar cualquier tipo de arma o artefacto que afecte la integridad física o psicológica de cualquier miembro de la Comunidad Educativa  Alzatista.

  • Utilizar elementos detonantes, sustancias químicas u otras que sean empleadas con el propósito de causar daño o alterar la convivencia pacífica.

  • Cometer conducta sexual abusiva con cualquier miembro de la comunidad educativa.

  • Participar o realizar adulteración en documentos, firmas, daño o desaparición de notas en planillas, o el sabotaje de material para impedir  una evaluación o un  resultado final.

  • Fomentar, incentivar y conformar grupos que atenten contra la integridad moral, física  la libertad de culto, la diversidad sexual y la discriminación racial de los integrantes de la comunidad educativa en forma escrita, oral, presencial y virtual.

  •  Portar, mostrar, publicar o manejar cualquier tipo de material pornográfico o realizar conductas que atenten contra el pudor y la integridad de los miembros de la comunidad educativa. 

  • Destruir o incendiar objetos, instalaciones, elementos de la institución, de cualquier miembro de  la comunidad educativa  o al servicio de la misma los cuales deberá restituir en perfecto estado. 

  •  Realizar actos de irrespeto a la libertad sexual, como es tocar partes íntimas, o inducir prácticas denigrantes.

  • Proferir amenazas dentro o fuera del plantel a cualquier miembro de la comunidad educativa.

  • Realizar, divulgar o participar en actividades de subversión, paramilitarismo, narcotráfico, trata de personas, bacrim o similares.

  •  Reincidir en tres (3) o más faltas graves.

 

 

ARTICULO 37º: PROCEDIMIENTO Y APLICACIÓN DE  MEDIDAS O ACCIONES   CORRECTIVAS POR OCURRENCIA DE FALTAS MUY GRAVES.

 

  • ACCIONES DE ATENCION PARA FALTAS MUY GRAVES.

  • PARA FALTAS MUY GRAVES QUE CONSTITUYAN SITUACIONES TIPO III SEGÚN LEY 1620 DE 2013.

 

 

  • ACCIONES DE ATENCIÓN PARA FALTAS MUY GRAVES:

 

1. Presentación  del informe  por parte del Docente conocedor de la falta al Coordinador con los respectivos soportes y si la falta lo amerita el coordinador compulsará copias a la autoridad competente (Policía de Infancia y Adolescencia,  CAIVA, ICBF, etc).

 

2.  Presentación  del informe con los respectivos soportes por parte del Coordinador al  Rector  y simultáneamente convoca a la Comisión Disciplinaria para continuar el proceso:   

 

3. Presentación del estudiante con el padre de familia o el acudiente previa citación ante la Comisión Disciplinaria para informarle sobre la falta cometida elaborando un acta firmada por las partes intervinientes, estableciendo un plazo de tres días hábiles para entregar los descargos a la coordinación y así ejercer el derecho a la defensa.

En caso  que el estudiante y su acudiente acepten los cargos se deja constancia de lo manifestado, pero igualmente, se le manifiesta que tiene derecho a ejercer la defensa presentando los descargos en los siguientes dos (2) días hábiles.

 

4.  A los dos (2) días hábiles se debe dejar constancia al finalizar la jornada escolar del recibo o no de la presentación de los descargos. Si en los descargos se solicita la práctica de pruebas, mediante auto el coordinador ordenará la práctica de las mismas en un término no mayor a tres (3) días hábiles

 

  • Una vez vencidos los 3 días hábiles el coordinador le presenta el expediente al Rector para que este emita la resolución rectoral que contiene la sanción

 

Las sanciones que podrá imponer el Rector serán las que considere pertinente dentro de las siguientes:

Pérdida inmediata de la calidad de estudiante,

Pérdida del cupo para el año  siguiente,

Desescolarización del estudiante por uno o varios períodos bimestrales académicos del actual año lectivo, consistente en la suspensión temporal de la asistencia regular al aula de clases (Los padres de familia deben hacer presencia al inicio de la sanción, para darse por enterados de las actividades a desarrollar y al terminar la sanción para establecer los compromisos que garanticen la superación de las dificultades presentadas).

 

En caso  que el padre de familia o acudiente no se presente a notificarse personalmente, dicha notificación se hará por correo certificado, después de recibir la constancia del correo, y después de 3 días hábiles se hará la notificación  por ESTADO.

Contra la Resolución Rectoral procede el recurso de apelación en primera instancia ante el Rector y en segunda instancia ante el Consejo Directivo, para ello se debe presentar la solicitud por escrito dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha de notificación.

 

PARAGRAFO : La Institución Educativa Gilberto Alzate Avendaño no asumirá responsabilidad civil contractual ni extracontractual, por la pérdida o daño de elementos de cualquier género, tipo y valor comercial (vestuario, libros, joyas, celulares, portátiles y otros).  

 

B. PARA FALTAS MUY GRAVES QUE CONSTITUYAN SITUACIONES TIPO III SEGÚN LEY 1620 DE 2014.

Se procederá acorde a lo dispuesto en los artículos: 49, 50, 51 y 52  del presente Manual de Convivencia Escolar.

 

PARAGRAFO 1.  PROHIBICION  DE SANCIONES DENIGRANTES. Para garantizar el debido proceso y favorecer el respeto a los derechos fundamentales, se recomienda a todos los estamentos de la comunidad educativa el  manejo objetivo, prudente y constructivo de las sanciones aplicadas a las estudiantes, evitando así dar origen a situaciones molestas que puedan generar escarnio público.(Art. 33, Art.  41 inciso 20  y Art.  45 ley 1098 de 2006 – Ley de la Infancia y la adolescencia).

 

 

ARTÍCULO 38º:CIRCUNSTANCIAS DE ATENUACIÓN O AGRAVACIÓN DE LA FALTA.

 

Para la imposición de la sanción debe examinarse  las circunstancias  atenuantes  o agravantes  de la conducta.

Circunstancias atenuantes para aplicar un correctivo.

  • Haber demostrado buena conducta.

  • Tener buen rendimiento académico.

  • Reconocer voluntariamente que cometió la falta.

  • Ser inducido a cometer la falta.

  • Cometer la falta en caso fortuito.

 

Circunstancias agravantes para aplicar un correctivo

  • Haber sido sancionado por la comisión de otras faltas de igual naturaleza que las anteriores.

  • Haber actuado en complicidad o inducido a otros a cometer la falta.

  • Haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada por sus superiores.

  • Haber preparado premeditadamente la falta

 

 

 

 

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